26 DE AGOSTO, 2024

Detalles sobre la ley de prohibición de plásticos de un solo uso en Colombia

En un esfuerzo por mitigar el impacto ambiental de los plásticos, Colombia ha dado un paso significativo con la promulgación de la Ley 2232 de 2022, que prohíbe el uso de ciertos plásticos de un solo uso (PUSU). Esta legislación se enmarca en un contexto global donde la sostenibilidad y la circularidad de los materiales se han convertido en prioridades fundamentales para los países que buscan combatir la contaminación por plásticos.

¿Qué establece la Ley 2232 de 2022?

La Ley 2232 de 2022 es una de las iniciativas más ambiciosas en América Latina para reducir el uso de plásticos de un solo uso. La legislación prohíbe la fabricación, importación, comercialización y distribución de 14 productos plásticos:

  • Bolsas de punto de pago no reutilizables o de uso industrial.
  • Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad, facturas y ropa (lavanderías).
  • Bolsas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, o para llevar alimentos a granel que no sean de origen animal crudos.
  •  Envases o empaques, recipientes y bolsas para contener líquidos no preenvasados, para consumo inmediato, para llevar o para entregas a domicilio.
  • Platos, bandejas, cuchillos, tenedores, cucharas, vasos y guantes para comer.  
  • Confeti, manteles y serpentinas. 
  • Pitillos y mezcladores para bebidas.
  • Soportes plásticos para bombas de inflar.
  • Envases o empaques y recipientes para contener o llevar comidas o alimentos no preenvasados conforme a la normatividad vigente, para consumo inmediato, utilizados para llevar o para entregas a domicilio.
  • Láminas para servir, empacar, envolver o separar alimentos de consumo inmediato, utilizados para llevar o para entrega a domicilio.
  • Mangos para hilo dental o porta hilos dentales de uso único.
  • Soportes plásticos de los copitos o hisopos.
  • Adhesivos, etiquetas o cualquier distintivo que se fije a los vegetales.
  • Empaques, envases o cualquier recipiente empleado para la comercialización, al consumidor final, de frutas, verduras y tubérculos frescos que en su estado natural cuenten con cáscaras; hierbas aromáticas frescas, hortalizas frescas y hongos frescos.  

Los primeros productos prohibidos entraron en vigencia el 7 de julio de 2024 y tan solo una semana antes se publicó la Resolución 803 de 2024, cuyo propósito principal es reglamentar algunos aspectos de la Ley 2232 de 2022. Sin embargo, el gobierno nacional incluyó en este documento cambios importantes en el marco de Responsabilidad Extendida del Productor (REP). ¿Quieres conocer más al respecto? Ingresa aquí