3 DE NOVIEMBRE, 2022

Cómo impacta la reforma tributaria a la industria plástica en Colombia

Las modificaciones aprobadas en primer debate, el 6 de octubre, dejan entrever un esfuerzo de armonización entre la tributaria y la reglamentación ya existente sobre el plástico, teniendo en cuenta, por ejemplo, la ley sobre prohibición de plásticos de uno solo uso y REP (Responsabilidad Extendida del Productor).

Qué es una reforma tributaria

Se trata de una ley que modifica el esquema de impuestos que viene funcionando en un país. Los cambios que introduce se refieren, generalmente, a la eliminación o creación de impuestos, a variaciones en la forma en que se calcula el valor a pagar, o se encamina a determinar qué personas o bienes deben estar cubiertos por un tributo y cuáles no.

El objetivo general de una reforma es, usualmente, conseguir más recursos para financiar los planes de desarrollo de los distintos gobiernos. En este caso, con la versión inicial, se esperaba recaudar un poco más de $25 billones de pesos.

Una reforma tributaria, en Colombia, debe ser discutida por el Congreso para llegar a convertirse en ley. En medio de los debates la propuesta puede sufrir modificaciones ante la participación de senadores, de sectores de interés y de la ciudadanía en general. La iniciativa debe superar cuatro debates para ser aprobada de forma definitiva.

Para el caso específico de la reforma que se encuentra en trámite, el Gobierno colombiano radicó el proyecto con mensaje de urgencia. Esto reduce de forma considerable los tiempos de trámite en el Congreso. Tiene prioridad en la agenda y deberá pasar por tres y no por cuatro debates.

Las comisiones económicas de Senado y Cámara sesionaron conjuntamente para surtir el primer debate y, posteriormente, las plenarias de cada instancia sesionarán en forma simultánea para desarrollar los dos debates restantes.

Sobre el plástico

El proyecto incluye, en su artículo 32, la creación del impuesto a productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes. El responsable de este nuevo tributo es el productor o importador de un bien envasado o empacado en este tipo de plásticos.

El impuesto se cobraría por peso en gramos del envase, embalaje o empaque. En la primera versión del texto se excluía del pago del impuesto a los plásticos de un solo uso utilizados para envasar o empacar fármacos, medicamentos y residuos peligrosos. Se establecía también que el tributo no se causa cuando el productor o importador del bien empacado con plástico de un solo uso presente la Certificación de Economía Circular (CEC), que deberá reglamentar, posteriormente, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Desde el principio del trámite de este proyecto de ley se ha llamado la atención sobre la necesidad de armonizar esta reforma tributaria con normas previas que regulan la industria plástica.

El llamado de la industria al gobierno y diferentes senadores fue no afectar la canasta básica familiar y tener presentes las prohibiciones y excepciones plasmadas en la Ley 2232 de 2022.

Armonización

En la discusión de primer debate, en las comisiones económicas del Senado y la Cámara, se escuchó el llamado a la armonización del proyecto de ley con otras normas ya existentes, decisión que el Grupo Plastilene considera pertinente y necesaria. En el articulado aprobado en primer debate se estableció que todos los plásticos mencionados en el parágrafo del artículo 5 de la Ley 2232 quedarían excluidos del cobro del nuevo impuesto, entre los cuales se encuentran empaques para alimentos, bebidas y otros productos de la canasta básica familiar.

Adicionalmente, harían parte de la exclusión del impuesto (además de los plásticos usados para envasar fármacos medicamentos y residuos peligrosos, que ya estaban en la primera versión de la reforma), los usados para conservar alimentos líquidos y bebidas de origen animal como la leche. También, los plásticos cuyos sustitutos tienen un impacto ambiental o humano mayor de acuerdo al análisis de ciclo de vida; la canasta básica familiar; los pitillos adheridos a empaques de hasta 3000 ml, que cuenten con sistemas de retención que garantice su recolección y reciclaje junto con el empaque principal; envases usados para contener productos químicos, que presentan riesgo para la salud humana, y los fabricados 100 % de materia prima plástica reciclada.

Este es un importante avance; sin embargo, para el desarrollo de los debates restantes, es importante que se consideren otros antecedentes como la Resolución 1407 de 2018 (modificada por la Resolución 1342 de 2020), que reglamentó la gestión ambiental de residuos de envases y empaques, para fomentar el aprovechamiento de diversos materiales, entre ellos el plástico.

Desde el gremio se ha considerado que, si las empresas ya están haciendo un esfuerzo para el aprovechamiento y hacen las inversiones en este tema, resulta contraproducente fijar un impuesto que castigue a estos mismos productores.

En esa medida, resultan convenientes propuestas como la de la representante Saray Elena Robayo de no causar el impuesto cuando las empresas están dando cumplimiento a las obligaciones contempladas en las resoluciones mencionadas. Este cambio no se aprobó en primer debate, pero merece una discusión en lo que queda de trámite de esta reforma tributaria en el Congreso.

Perspectiva del Grupo Plastilene

Asimismo, según anota el Grupo Plastilene, para los demás debates sería conveniente reevaluar el cobro del impuesto por peso en gramos del envase, embalaje o empaque. También se hace necesario discutir la conveniencia de causar el tributo cada vez que se hace una venta. Una causación anual podría ser más apropiada.

Cabe anotar, adicionalmente, que si el impuesto no se causa cuando se presente la Certificación de Economía Circular (CEC), es urgente que el Ministerio de Ambiente determine las reglas para obtener este documento.

El Grupo Plastilene continuará  transitando hacia la consolidación de la economía circular de los plásticos y promoviendo una legislación encaminada al desarrollo de este modelo económico, que favorezca la utilización de materiales sostenibles evaluados desde un punto de vista científico, que protejan el medio ambiente y generen impactos sociales positivos.