9 DE JUNIO, 2022

ABC de la nueva ley sobre plásticos de un solo uso

El primero de junio de 2022 la plenaria del Senado aprobó el proyecto de ley que reduce gradualmente la producción y consumo de algunos productos plásticos de un solo uso y que deberán sustituirse, paulatinamente, por bienes fabricados con materiales sostenibles.

El trámite

Con esta aprobación se cumplen los cuatro debates necesarios (dos en Cámara y dos en Senado), que debe surtir un proyecto o propuesta que se formula y se discute en el Congreso, para decidir si se debe convertir en una nueva ley para el país.

Solo resta la sanción de esta nueva norma; es decir, que el presidente de la república manifieste si está de acuerdo con su contenido y confirme que las entidades públicas pueden cumplir con las nuevas responsabildades que les entrega este proyecto.

Qué implica                                

Son 14 los productos que deben sustituirse gradualmente:

En un plazo de dos años, después de que el presidente sancione la Ley, quedarán prohibidas las bolsas que se entregan en los puntos de pago, al igual que aquellas que se usan para embalar revistas, periódicos, facturas o la ropa que se entrega en las lavanderías. De igual forma, se prohibirán los rollos de bolsas vacías, que se ofrecen en los comercios, especialmente, para llevar alimentos. Igual ocurre con mezcladores y pitillos, soportes plásticos de globos y los soportes de los hisopos o copitos de algodón.

Para los demás plásticos de un solo uso incluidos en esta nueva norma la prohibición empezará a operar en ocho años.  Entre ellos, están: envases, láminas y empaques usados para llevar líquidos y comidas no preenvasadas de consumo inmediato y para domicilios; también platos, vasos y cubiertos desechables; se incluyen, además, confeti, manteles y serpentinas, mangos para hilo dental y empaques y recipientes para la comercialización de frutas, tubérculos que cuenten con cáscara, aromáticas, hortalizas y hongos frescos, así como las etiquetas o cualquier distintivo que se fije en los vegetales.

Excepciones

El proceso de concenso entre congresistas, entidades públicas, como los ministerios de Ambiente o Industria, y miembros del gremio de la industria de plásticos llevaron a establecer algunas excepciones a las prohibiciones mencionadas y a ajustar el plazo en el que empezarán a regir las medidas. Esto se hizo ante consideraciones sanitarias y otras como, por ejemplo, la disponibilidad y los impactos ambientales de los materiales sugeridos como sustitutos.

En esas excepciones están, entre otras, plásticos usados para propósitos médicos por razones de higiene, los utilizados para almacenar productos químicos o residuos peligrosos que impliquen riesgo para la salud, los fabricados con 100 % de materia prima plástica reciclada proveniente de material posconsumo nacional, los que contienen líquidos y bebidas de origen animal, como la leche, y aquellos que sean empaques de productos que hacen parte de la canasta familiar, como arroz o granos (excepto frutas, verduras o aromáticas).

La no prohibición a plásticos destinados a empacar bienes de la canasta familiar, como granos y líquidos, fue discutida con empresas que hacen parte de la industria y que tenían inquietudes que fueron tenidas en cuenta en la norma. Acoplásticos, por ejemplo, había manifestado que impedir el uso de esos empaques podía afectar la calidad e inocuidad de los alimentos y bebidas, lo que podría afectar la salud de los consumidores y aumentar el desperdicio de estos productos alimenticios.

Adicionalmente, el Grupo Plastilene venía sosteniendo que los plásticos flexibles que se usan para proteger arroz, azúcar o leche aumentan su vida útil hasta 5 veces más de lo que se logra con otro tipo de empaques. “Son materiales altamente reciclables, de bajo costo y que presentan bajos impactos ambientales comparados con sus sustitutos. La huella de carbono puede ser una tercera parte de la que tienen sus sustitutos, el consumo de agua puede ser una quinta parte”.

Estas razones se tuvieron en cuenta para no incluir entre las prohibiciones este tipo de empaques.

Incentivos

En el proyecto de Ley se habla de una serie de incentivos que ayudan de manera efectiva a sustituir el plástico de un solo uso por alternativas más sostenibles. Entre ellos, se menciona la financiación de fondos para investigación, desarrollo tecnológico e innovación para la reducción de ese tipo de plásticos. Se habla, también, de apoyo económico a pequeños o medianos productores nacionales u organizaciones campesinas que produzcan envases biodegradables que reutilicen residuos orgánicos de la agricultura. Se incluyen líneas de crédito que favorezcan la creación de proyectos alineados con las estrategias de la economía circular.

Las entidades públicas que adquieran bienes o desarrollen obras que puedan incorporar elementos o insumos elaborados con madera plástica u otros elementos derivados de materiales de fuentes de reciclaje nacional deberán establecer un puntaje mínimo de 5 % de los puntos asignables en la calificación de propuestas, en sus compras o licitaciones, para quien ofrezca adquirir una mayor proporción de productos o insumos de este tipo.

En el caso de la producción de esta madera plástica y otros elementos derivados de materiales de fuentes de reciclaje nacional se fijaron medidas específicas tales como líneas de crédito a bajo interés, el incentivo en las compras públicas, ya mencionado, y el fortalecimiento de normas técnicas para el desarrollo de esos materiales.

Si bien es una medida positiva, varios de los actores del gremio del plástico expresaron su inquietud ante la inclusión, para estos incentivos, de materiales como el polialuminio que pertenece a un sector diferente, asociado al tema de los metales, que ameritaría una discusión y una norma independiente.

Trabajo en conjunto

Por otra parte, varios de los artículos señalan que se debe trabajar con la sociedad civil y las empresas para concretar algunas de las medidas contempladas en la ley.

Es decir, viene un proceso de trabajo público – privado. Para el Grupo Plastilene este será un ejercicio muy valioso y un desafío que permite cerrar brechas entre lo que se construye como legislación y regulación y lo que se hace en las empresas que hacen parte del sector de plásticos. Por ejemplo, en el artículo 4 se señala que, en un plazo de 12 meses, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible debe reglamentar las características de los productos que sustituyan a los plásticos de un solo uso que quedarán prohibidos. Para ese proceso de reglamentación se señala explícitamente que el Ministerio deberá garantizar la participación ciudadana efectiva.

De igual manera, se habla en el proyecto de una concertación entre el Gobierno, las empresas y los trabajadores para definir alternativas laborales y de emprendimiento que mitiguen los posibles impactos socioeconómicos derivados de la aplicación de esta nueva ley.

La construcción de la Política Nacional de Sustitución del Plástico de un Solo Uso, de la que se habla en el artículo 7, debe tener en cuenta la participación efectiva del sector público, del sector privado y de la sociedad civil.

Esta política debe contar con un plan de acción que incluya unos compromisos voluntarios de actores como municipios, empresas, gremios y organizaciones y deberá contener, de forma explícita, cuáles serán los mecanismos de concertación con el sector privado.

Otro de los temas a concertar será el Plan de Reconversión Productiva y Adaptación Laboral dirigido a facilitar la actualización de la formación para el trabajo y la transición productiva, tecnológica y comercial de quienes se desempeñan hoy en actividades asociadas a los plásticos de un solo uso que serán prohibidos.

Finalmente, se ha llamado la atención sobre la necesidad de avanzar, no solo por medio de prohibiciones, sino en aumentar la responsabilidad de los actores que hacen un mal uso o deficiente disposición de los desechos, lo que impide la consolidación de la economía circular.

“El plástico de un solo uso hoy no se recicla porque nosotros como ciudadanos no estamos desarrollando las prácticas de separación en la fuente y de entrega a las cadenas de aprovechamiento para que eso suceda, incluso existen hoy industrias de aprovechamiento de reciclaje y de transformación de ese plástico que trabajan a menos del 30 % de la capacidad y están urgidos por recibir ese plástico que hoy se denomina de un solo uso”, se señala desde CEMPRE, Compromiso Empresarial para el Reciclaje.

Desde el gremio también se destaca que la infraestructura para la recolección y la disposición de los residuos en ciudades y municipios es aún insuficiente e incipiente. Así, estos materiales no pueden ser aprovechados en cadenas productivas para su transformación efectiva.

Dado este escenario, se señala como positivo que la ley incluya algunas disposiciones sobre el servicio público de aseo para aumentar las tasas de aprovechamiento de residuos plásticos dando énfasis en la formalización y participación de las organizaciones de recicladores de oficio. También es acertada la implementación en municipios y distritos de estrategias para promover la separación en la fuente y el apoyo del Gobierno nacional para el cumplimiento de esos objetivos.